La constitución española de 1978, en su artículo 23, proclama el derecho de todos los ciudadanos a participar en los asuntos públicos directamente o por medio de sus representantes, libremente elegidos por sufragio universal en elecciones periódicas.
En el ámbito municipal, el art. 69 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local establece que las Corporaciones locales facilitarán la más amplia información sobre su actividad y la participación de todos los ciudadanos en la vida local. A lo que añade en su art. 70bis 1, que los ayuntamientos deberán establecer y regular en normas de carácter orgánico, procedimientos y órganos adecuados para la efectiva participación de los vecinos en los asuntos de la vida pública local. Seguir leyendo CUI PRESENTA EN EL PLENO UNA MOCIÓN PARA UNOS PRESUPUESTOS MUNICIPALES PARTICIPATIVOS
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