El Juzgado de lo Social 4 ha condenado al Ayuntamiento a reconocer a un trabajador de colaboración social como personal fijo de plantilla. Es un caso, el primero, pero la jurisprudencia del Supremo y esta sentencia abren la puerta a que otros 135 empleados del Ayuntamiento se conviertan en personal laboral a todos los efectos.
El primero, y muy notable, que estos trabajadores pasarían a cobrar el salario correspondiente a sus funciones según el convenio municipal y tienen derecho a que se les paguen las diferencias entre sus retribuciones anteriores y las nuevas. ¿De cuánto dinero hablamos? El cálculo es casi imposible. Hay trabajadores de colaboración social que cobran menos de 4.000 euros al año y por los que el Ayuntamiento apenas cotiza 600 euros y otros con sueldos brutos de 18.000 y pagos a la Seguridad Social de varios miles de euros. En la enorme disparidad entre el colectivo pesa que, hasta una sentencia del Tribunal Supremo de 2013, ni siquiera tenían consideración de trabajadores: eran parados a los que el Ayuntamiento colocaba a cambio de completar sus ingresos hasta su última base de cotización en activo. No tenían legalmente, otra cosa es que el Ayuntamiento hiciese la vista gorda, derecho a vacaciones o bajas por enfermedad. En algunos casos, han encadenado contratos durante 17 años en esta situación, ocupando puestos de ordenanzas, asistentes sociales, peones, administrativos, auxiliares administrativos, auxiliares de biblioteca, jardineros, informáticos, licenciados en Derecho o arquitecto técnico, en casi todas las áreas municipales desde Intervención a Bomberos. Todos ellos tendrían derecho a convertirse en personal laboral fijo de plantilla.
El equipo de gobierno ha acordado, tras esta primera sentencia, despedir e indemnizar al demandante. No será tan fácil. Lo ha hecho en contra de lo que aprobó hace unos meses en junta de gobierno con un informe de la directora de Asesoría Jurídica. A diferencia de lo sucedido con las sentencias del plan de empleo, aquí el gobierno local se ha cerrado algunas puertas antes.
El tripartito aprobó a lo grande, en junta de gobierno, un informe propuesta de la directora de Asesoría Jurídica, Patricia Ibaseta, en la que el Ayuntamiento renovaba de golpe a los 136 empleados de colaboración social el pasado mes de noviembre. Venía a declarar estructurales sus puestos de trabajo y, para remate, se situaba por encima de la legalidad. Todo de un solo golpe. Hay días que valdría más no salir de la cama.
El informe fue la única respuesta que se le ocurrió a la ‘casa’ ante el cambio de criterio del Tribunal Supremo en 2013. En una sentencia, el alto tribunal dio un giro a su doctrina. Los trabajadores de colaboración social pasaron de no ser nada, a solo poder emplearse en tareas de carácter temporal y no estructurales. El anterior equipo de gobierno hizo como que no se enteró y siguió renovando a la mayoría de los contratados del INEM, pero con discreción. Al anterior concejal de Personal, Gerardo Antuña, no se le ocurrió hacerlo de 136 en 136.
El argumento de la directora jurídica sostenía que el Ayuntamiento inició este tipo de contratación «de forma totalmente legal, con el cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley, y avalados por la jurisprudencia, produciéndose una suerte de ilegalidad ‘sobrevenida’, al modificarse la doctrina del Supremo».
La alta funcionaria sostenía que «la no prórroga de sus contratos supondría un grave perjuicio para la Administración Municipal, para el interés público al producirse una vacante en tal número de puestos de trabajo, imposible de paliar de modo inmediato, pues la creación y convocatoria de plazas exige el cumplimiento de unos plazos, en tanto que se produciría una paralización del funcionamiento de los servicios municipales». Y concluía «que el interés público o el interés general prima en el supuesto que nos ocupa, sobre la ilegalidad en que se pueda incurrir».
El argumento suena bien, pero no coló en el juzgado. Resulta difícil convencer a un magistrado de que por encima del Supremo, prima el interés de un ayuntamiento. Y más porque la prórroga de los contratos se supeditaba a «que se apruebe un Plan de Regularización de dicha contratación, de acuerdo con las previsiones de la Ley de Presupuestos del Estado Anual, que fije la tasa de reposición de efectivos», que, por supuesto, no se hizo.
Las consecuencias están por ver. De momento, solo una veintena de trabajadores de colaboración social habían presentado demanda. La sentencias que faltan irán animando al resto. Para el Ayuntamiento, supondrá indemnizaciones de miles de euros, más gastos de personal y, posiblemente, tener que mantener en sus puestos a estos trabajadores, todos de colectivos con especiales dificultades para encontrar trabajo y en su inmensa mayoría de edades próximas a la jubilación.